DEDUCCIONES DONATIVOS
Deducciones Personas Físicas en el IRPF*
Todas las aportaciones consistentes en donaciones y cuotas de afiliación (no de utilizaciones de servicios) realizadas a Asociación Democrática Asturiana de Familias con Alzheimer se benefician de las deducciones fiscales contempladas en la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
- Hasta 150€ de aportación, la desgravación aplicada es del 75%.
- A partir de 150€, se desgravará el 30% en caso de ser la primera aportación y el 35%, si ha aportado en los dos ejercicios anteriores por un importe igual o superior.
- El límite de la deducción es el 10% de la base liquidable del impuesto (Art 69. LIRPF).
Deducciones Personas Jurídicas (Impuesto Sociedades)*
En el caso de personas jurídicas, la desgravación fiscal de las aportaciones en el impuesto de sociedades es del 35%.
Esta deducción se incrementará al 40% para las aportaciones realizadas a una misma entidad por el mismo o superior importe durante al menos tres años consecutivos.
El límite establecido para la deducción es del 10% de la base imponible y se aplicará el porcentaje por la totalidad de las aportaciones realizadas anuales a entidades sujetas a desgravación fiscal.
* Esta información es una nota informativa de carácter general, no constituye asesoramiento específico. Más información en Agencia Tributaria.
Es imprescindible que para poder informar a la Agencia Tributaria del importe de las cuotas y donativos aportados a Asociación Democrática Asturiana de Familias con Alzheimer, ya sean personas físicas, empresas y/o entidades, y que esta pueda aplicar las deducciones correspondientes, se pongan en contacto con la asociación solicitando expresamente el certificado de deducción antes de finalizar el año en el que se realiza la aportación.